| Características Comunes |
Diferencias |
• Personas reunidas con un vínculo común, previo e independiente del seguro.
|
• Para una colectividad sea considerada Grupo, es necesario que se apegue a las definiciones del Art. 2 del Reglamento del Seguro de Grupo.
|
• Varios asegurados bajo un solo contrato.
|
• En el seguro de grupo esta normado por un reglamento específico.
|
•Requiere la aplicación de criterios específicos de venta y administración.
|
• En el seguro de Grupo sólo pueden manejarse planes de seguro Temporal a un año, renovable.
|
• En el seguro colectivo con frecuencia se reducen los requisitos individuales, a cambio de la participación de al menos 75% de los elegibles.
|
• En los seguros colectivos se pueden manejar todos los tipos de seguro de vida.
|
| |
• En el seguro de grupo (aquel que se apega al Reglamento) no existen requisitos de selección.
|